En primer lugar conviene distinguir la suspensión del contrato de trabajo, que puede producirse por diversas causas que aparecen enumeradas en el artículo 45 del Estatuto de los Trabajadores, de una causa concreta enumerada en este precepto que es precisamente la suspensión de empleo y sueldo por razones disciplinarias. Es una de las cuestiones que los Recursos Humanos deben tener en cuenta a la hora de gestionar la plantilla de trabajadores de la empresa.
Por ello, se analizan este artículo las causas de suspensión del contrato o/y sus afectos, para responder a la pregunta qué es la suspensión de empleo y sueldo, pasando a continuación a tratar la concreta causa de suspensión aludida.
Imagen: Africa Studio || Shutterstock
¿Cuándo se produce una suspensión de empleo y sueldo?
En muchas ocasiones, tendemos a pensar en la suspensión de empledo y sueldo como algo negativo, consecuencia de sanciones disciplinarios. Sin embargo, aunque es una las causas, debemos saber que se pueden producir por muchas otras razones, incluso por decisión del trabajador. Las posibles causas de suspensión, además del acuerdo entre partes, que sería uno de los supuestos de suspensión de empleo y sueldo voluntaria, son:
- Causas que en el marco de la legalidad vigente hubiesen sido establecidas en el contrato por las partes.
- La excedencia, que puede ser voluntaria o forzosa. No obstante, el artículo 45 ET únicamente recoge esta última.
- Causas derivadas de la situación o cambio de situación del trabajador o del ejercicio de sus derechos. Aquí pueden distinguirse:
- La incapacidad temporal.
- La privación de libertad, en tanto no sea condenado.
- El ejercicio de cargo público de carácter representativo.
- La maternidad, paternidad o afines.
- Situaciones de riesgo durante el embarazo o lactancia.
- Por decisión propia en caso de violencia de género.
- Ejercicio del derecho a la huelga.
- Causas derivadas de decisiones del empresario, como son:
- Suspensión de empleo y sueldo por falta grave.
- Por razones objetivas (despido objetivo). Entendiendo por tales las causas económicas, organizativas, técnicas o de producción.
- Cierre de la empresa respetando la normativa aplicable.
- Causas ajenas a las partes, como:
- Fuerza mayor de carácter temporal.
Efectos de suspensión de empleo y sueldo
El efecto más importante es la exoneración de las obligaciones recíprocas de las partes. En el contrato de trabajo son, para el trabajador trabajar y para el empresario abonar el salario. Además, se produce la baja en la seguridad social del trabajador.
Pero, éstos no son los únicos efectos posibles. Así, existen supuestos en que el trabajador tendrá derecho a una prestación de la seguridad social. Sin embargo, dicha prestación no debe confundirse con la prestación por desempleo. Pues, sólo en caso de despido improcedente el trabajador tendrá derecho a ésta última prestación.
De esta manera, cuando se habla de suspensión de empleo y sueldo y prestación por desempleo, se está haciendo en realidad referencia a la extinción improcedente del contrato de trabajo y la prestación por desempleo.
Puesto que la suspensión de empleo y sueldo no tiene carácter definitivo, otro de los efectos es el derecho del trabajador a reincorporarse cuando cese la causa de suspensión, como regla general.
También se producen efectos respecto a las vacaciones con la suspensión de empleo y sueldo, pues, en la mayoría de los casos (sanciones, excedencias, permisos sin retribución), reducirán proporcionalmente los días de vacaciones a que tiene derecho al trabajador. Además, la sanción de suspensión de empleo y sueldo no puede coincidir con las vacaciones.
Si más tarde se produjese la terminación del contrato de trabajo, la previa sanción de empleo y sueldo puede afectar también a la antigüedad del trabajador y al calculo de la indemnización en caso por despido del trabajador.
¿En qué consiste la suspensión de empleo y sueldo disciplinaria?
Es una de las posibles sanciones que puede adoptar el empresario en caso de incumplimientos normalmente graves del trabajador. La concreción y duración de esta causa de suspensión suele desarrollarse en los convenios colectivos y con carácter general se asocia incumplimientos recogidos dentro del artículo 54.2 ET, como sanción de gravedad menor que el despido.
Sus efectos son los mencionados anteriormente, sí bien con la especialidad de que aunque durante la sanción de suspensión de empleo y sueldo no se cotiza la Seguridad Social, si se considera una situación asimilada al alta.
Ahora, ya conoces la respuesta a la pregunta ¿qué es la suspensión de empleo y sueldo? Conoce otras sanciones que se pueden aplicar a los trabajadores y sus posibles consecuencias.
Faltas y sanciones disciplinarias para trabajadores