El incremento del número de autónomos en nuestro país se ha incrementado considerablemente en los últimos años. No vamos a entrar a analizar las causas de esta subida, ni los casos de “falsos autónomos” que se esconden detrás de estas estadísticas. Al final, a ti lo que te interesa es información práctica sobre los trámites para darse de alta como autónomo, de forma sencilla y sin errores.
No te saltes este tema, entre otras razones porque hay cambios legislativos que se te pueden haber pasado por alto. Toma nota de los pasos necesarios para hacerse autónomo, con la última modificación de 2018. Es un trámite que no te puedes saltar y que no debe generarte agobios.
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¿Por qué darse de alta como autónomo?
Empecemos por entender qué es un autónomo. Para quién se decide a adoptar esta figura laboral es algo tan apetecible como ser a la vez trabajador y su propio jefe. Esta doble cualidad hace que un autónomo sea objeto de interés de la Hacienda Pública y de la Seguridad Social. Para la Agencia Tributaria eres un empresario, por lo tanto, tienes que estar dado de alta como tal, registrarte en el IAE y facturar a tu nombre. Para la Seguridad Social eres un trabajador, en un régimen especial eso sí, que te obliga a darte de alta en el RETA y a cumplir las obligaciones fiscales que conlleva este estatus.
¿Te hemos liado un poco más con esta explicación? Lo que debes tener claro es el concepto de que eres trabajador-empresario y respondes por ambas condiciones. Una dualidad que vas a gestionar más cómodamente si dispones de un certificado digital. Así que, antes de hacer ninguna otra gestión, consigue tu certificado digital. No es otra cosa que tener una firma digital reconocida oficialmente, que te permite realizar casi cualquier gestión con organismos públicos sin moverte de casa. Debes solicitarlo, de forma gratuita, en la web de la Fabrica Nacional de Moneda y Timbre.
Pasos para hacerse autónomo
Una vez conseguido tu certificado digital, es el momento de empezar con los trámites específicos para hacerse autónomo. Mostramos estos pasos teniendo en cuenta que, desde los cambios introducidos en 2018, el alta en la Seguridad Social tiene que ser anterior al alta en Hacienda como te explicamos.
- Alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA). Antes, para el trámite con la Seguridad Social, el autónomo disponía de 30 días desde su alta en Hacienda. Ahora es al revés, el alta en el RETA debe tener fecha igual o anterior al registro en Hacienda. Puede ser el mismo día, eso sí está permitido. Puedes hacerlo electrónicamente, comunicando a la Seguridad Social estos datos: el Código CNAE, tu Base de Cotización, la mutua de Accidente de Trabajo que elijas y tu número de cuenta bancaria.
- Alta en Hacienda. Puedes acudir a tu oficina o realizarla usando tu certificado digital en la sede electrónica de la Agencia Tributaria. Puedes optar por la presentación del modelo 036 o el 037, que es el abreviado. En todo caso, debes informar sobre: tus datos fiscales (en este caso son tus datos personales), la dirección dónde se desarrolla la actividad (si es un local, hay que especificar los metros cuadrados que se destinarán a la actividad), la fecha de inicio de la actividad y el Régimen fiscal de IVA y de IRPF.
- Otros trámites no siempre obligatorios son la licencia de apertura de tu ayuntamiento o la de apertura de centro de trabajo en tu CCAA.
De todas formas, puede interesarte saber que todos los trámites para darse de alta como autónomo te los pueden gestionar desde los llamados Puntos de Atención al Emprendedor (puntos PAE) presentando el Documento Único Electrónico (DUE).