Aunque el despido de los trabajadores siempre es un tema delicado y que no gusta a nadie, es necesario que se conozca toda la información para realizarlo de forma correcta.
Podemos encontrar diferentes tipos de despido como el despido objetivo, disciplinario o el colectivo. Sin embargo, el juez puede considerar los despidos como procedentes, improcedentes o nulos.
También cabe destacar que el despido tiene un procedimiento formal que se debe seguir y que, además, el empresario debe pagar una indemnización al trabajador por los años que ha estado en la empresa.
¿Qué es el despido?
El despido es la forma en la que la se finaliza la relación contractual existente entre el trabajador y la empresa. Con esta acción, el empresario o empleador destituye a un empleado, que ya no volverá a ocupar el puesto de trabajo que tenía en la empresa.
Sin embargo, un empresario no puede despedir a un empleado si no posee ningún motivo justificado. Depende de las causas que motiven un cese de actividad en la empresa podemos definir un tipo de despido u otro.
¿Qué tipos de despido existen?
Según la justificación que se acredite por parte del empresario para la destitución de un empleado, podemos encontrar diferentes tipos de despido. Cada uno de los despidos posee unos derechos y unas indemnizaciones propias para cada trabajador.
Despido objetivo
Cuando una empresa reduce su plantilla por motivos económicos, por la disminución de su producción por cambios en la estructura de la organización se considera un despido objetivo. A pesar de ello, el empresario debe justificar y acreditar el despido para que no sea declarado como improcedente.
Despido disciplinario
El despido disciplinario lo ejecuta la empresa cuando considera que el trabajador no está cumpliendo con sus funciones básicas como trabajador y no cumple con la disciplina marcada por la empresa para el puesto de trabajo. Un ejemplo podría ser el despido de un trabajador por incumplir los horarios, faltar el respeto a los compañeros, o no seguir las medidas de seguridad exigidas.
Despido colectivo o ERE
Los despidos colectivos se producen cuando la empresa destituye a un número de personas importante en relación a la cantidad de personas que se encuentran trabajando en ella. Esto es lo que se conoce como Expediente de Regulación de Empleo. Suelen ser bastante polémicos y, en muchas ocasiones, impugnados judicialmente.
¿Es obligatorio el preaviso de 15 días?
En los despidos objetivos, el empresario está obligado a avisar al trabajador de que será destituido en un plazo de 15 días. Aunque la empresa no cumpliera estos plazos, deberá abonar al empleado el salario perteneciente a esos días en el finiquito.
En el caso de los despidos disciplinarios, la empresa no está obligada a realizar el preaviso de la destitución. De esta forma, el despido se puede formalizar en el momento que se entrega la carta de despido al trabajador.
El procedimiento de despido
Cuando se realiza un despido tenemos que ir con cuidado para cumplir todos los requisitos formales y legales para que no sea considerado como despido improcedente.
El procedimiento formal con el que se realiza un despido empieza con la comunicación de la decisión a través de la carta de despido. Con ella, se informa al trabajador de su destitución y los plazos en que se realizará. Después, hay que estar seguros de que el trabajador ha recibido la comunicación. Puede servir cualquier firma, acuse de recibo o testigos.
Durante el plazo de preaviso, es decir, desde que el empresario comunica el despido hasta la fecha en que se realizará, el trabajador tiene derecho a 6 horas para buscar un nuevo trabajo, sin que se toquen sus retribuciones.
Según el convenio colectivo al que pertenezca cada trabajador, pueden exigirse otros aspectos formales en el procedimiento de despido.
La carta de despido
Como ya hemos visto, la carta de despido es el primer paso para iniciar el procedimiento de despido. Es la forma de comunicar a un trabajador que continuará formando parte de la empresa.
En esta carta el empresario, o la persona encargada de ejecutar la destitución deberá informar al trabajador de los motivos que justifican la decisión que se ha tomado. Debemos tener en cuenta, que los motivos que se escriban en la carta de despido, deben ser los mismos que se defenderán ante el juez, en caso de que el trabajador impugne la destitución porque no está de acuerdo. Además, el documento también incluirá la fecha en que se formalizará el despido, es decir a partir de qué dia acabará su actividad en la empresa.
Podemos encontrar diferentes tipos de cartas de despido según los motivos por los cuáles el trabajador deja de formar parte de la empresa. Evidentemente, no es igual la carta que se escribe a un trabajador destituido por causas objetivos que un despido disciplinario. El trabajador también puede escribir la carta de despido voluntario, en el caso que sea él mismo el que desea dejar la empresa.
¿Cómo hacer una carta de despido?
¿Se puede impugnar un despido?
Sí, se puede.
Antes hemos visto los diferentes tipos que existen según las causas que aporte el empresario para justificar la destitución. Sin embargo, el trabajador o trabajadores pueden no estar de acuerdo con el despido que se ha producido. Por ello, tienen el derecho a recurrir judicialmente para impugnar la decisión tomada por la empresa.
Si un trabajador no está conforme con su despido y no consigue llegar a un acuerdo con la empresa, será el juez el que decida la validez, o no, de esa destitución. Según el caso que se haya producido el juez puede tomar 3 diferentes para la resolución final del caso.
Despido procedente
Si el juez declara el despido procedente, significa que habrá fallado a favor de la empresa. De esta forma, el despido se considera legal y que se ha realizado por causas objetivas y pertinentes.
Despido improcedente
El despido improcedente se produce cuando el juez determina que el despido no se ha realizado correctamente. Pueden ocurrir dos motivos para determinar la improcedencia del despido. Por un lado, el juez puede determinar que no se han realiza bien los trámites y aspectos formales del despido. Por otro lado, también puede ser que el juez no considere suficientes la razones para justificar la destitución del empleado.
Despido nulo
Por último, también existe la posibilidad de que el juez declare el despido nulo. Esto ocurre cuando se produce un despido de forma injustificada, por causas discriminatorias o no por respetar los derechos de los trabajadores como, por ejemplo, los permisos por maternidad. Si el despido se declara nulo, el trabajador debe ser readmitido obligatoriamente por la empresa y recuperar su puesto de trabajo.
¿Se puede cobrar el paro tras ser despedido?
Sí, puede cobrar el paro si cumple las condiciones necesarias.
Sean cuales sean las causas que han motivado el despido de un trabajador, este tiene tiene derecho a solicitar la prestación por desempleo. Cuando un trabajador es despedido queda en situación de desempleado, por lo que puede inscribir en el Servicio Estatal de Empleo.
De esta forma, si un trabajador que ha sido despedido, posee los requisitos necesarios para cobrar el paro, podrá exigir cobrar la prestación que le corresponde según las cotizaciones realizadas durante los años de vida laboral. Será necesario tener el certificado de empresa que acredite el despido para que la persona afectada pueda cobrar el paro.
La indemnización por despido
Cuando un trabajador es despedido, el empresario está obligado a indemnizarle con una cantidad económica. Está cantidad es diferente según las condiciones laborales de cada empleado y del tipo de despido que se produzca.
En ocasiones confudimos los términos de indemnización y finiquito. El cálculo del finiquito hace referencia a los importes que le corresponden al trabajador en el momento de dejar la empresa. Sin embargo, la indemnización es el dinero que la empresa debe pagar al trabajador por despedirlo.
Para calcular la indemnización por despido se tienen en cuenta diferentes variables como el salario o el tiempo que ha estado trabajando en la empresa. A cada trabajador le corresponden una serie de días por años trabajado, según el tipo de despido que se haya realizado.
¿Cómo se calculan las indemnizaciones por despido?