Junto con las cláusulas obligatorias que debe contener un contrato de trabajo, es posible añadir cuantas cláusulas adicionales desee el empresario, siempre y cuando se respeten los derechos de los trabajadores, las disposiciones generales y convenios colectivos. En este sentido, las partes implicadas en una relación laboral pueden establecer numerosas cláusulas adicionales o pactos al formalizar un contrato de trabajo. Si te interesa conocer cuáles son dichas condiciones, sigue leyendo y encontrarás toda la información.
Pacto de no concurrencia
Este pacto está regulado por el artículo 21 del Estatuto de los Trabajadores que establece que no puede efectuarse la prestación laboral de un trabajador para diversos empresarios cuando se considere concurrencia desleal o cuando se pacte la plena dedicación mediante compensación económica expresa.
El pacto de no competencia no podrá tener una duración superior a 2 años para los técnicos y de 6 meses para los demás trabajadores. Únicamente será válido si se cumplen los requisitos siguientes:
- Que el empresario tenga un efectivo interés industrial o comercial en ello.
- Que se ofrezca al trabajador una compensación económica adecuada.
Pacto de permanencia
Es otra de las cláusulas adicionales que se pueden añadir a un contrato laboral. Consiste en pactar con el trabajador la permanencia en la empresa durante cierto tiempo. Se trata de un acuerdo cuya duración no será superior a 2 años y que debe formalizarse siempre por escrito. Si el empleado abandona el trabajo antes del plazo estipulado, el empresario tendrá derecho a una indemnización de daños y perjuicios.
Pacto de horas extraordinarias
En un contrato de trabajo también se puede pactar la realización voluntaria de horas extraordinarias, salvo que sea un requisito obligatorio establecido por convenio colectivo o contrato de trabajo. Dicha realización debe respetar en todo caso las 80 horas extraordinarias máximas al año por trabajador.
Conviene tener en cuenta que NO se podrán pactar horas extraordinarias en los siguientes casos:
- Trabajador menor de 18 años.
- Trabajador nocturno (salvo casos excepcionales).
- Contratos para la formación y aprendizaje (salvo casos excepcionales).
- Contratos a tiempo parcial.
Pacto de confidencialidad
Los trabajadores manejan casi a diario material e información sensible de la empresa y, con el fin de preservar la información confidencial de la empresa, es posible añadir una cláusula contractual en la que se firme un acuerdo de confidencialidad entre empresa y trabajador.
Pacto de polivalencia funcional
Esta cláusula tiene el objetivo de obligar al trabajador a realizar las funciones correspondientes a diferentes categorías profesionales. Eso sí, la retribución será la correspondiente a las funciones que desarrolle durante más tiempo.
Pacto para el tratamiento de la protección de datos
Se trata de un pacto contractual aconsejable en aquellas empresas en las que existen medidas de videovigilancia internas, con el objetivo de que el trabajador esté informado de dichas grabaciones, sino que además se informe de los fines y usos que dispone y obliga la normativa penal. Saber más sobre las obligaciones de las empresas en materia de protección de datos.
Otras cláusulas contractuales que te pueden interesar
Hasta aquí hemos desarrollado una recopilación de las principales cláusulas que se pueden adjuntar a un contrato de trabajo. Sin embargo, existen otro tipo de pactos o cláusulas adicionales que conviene conocer, como las que te indicamos a continuación:
- Pacto sobre regulación de nuevas tecnologías, que tiene como objeto regular la utilización de las nuevas tecnologías, así como su incidencia en el marco de la relación laboral y desarrollo del propio contrato de trabajo.
- Pacto sobre el preaviso de cese voluntario, dirigido a establecer los días y condiciones de preaviso establecido en el convenio colectivo o en lo pactado entre las partes en caso de que un trabajador quiera abandonar la empresa.
- Pacto de trabajo a turnos
- Pacto de retribuciones variables por objetivos
- Pacto de disfrute y régimen de las vacaciones (Más información sobre las Vacaciones laborales).