Los problemas para llegar a fin de mes de muchos trabajadores hace que se vean obligados a solicitar un anticipo de salario, un derecho recogido en el artículo 29 del Estatuto de los Trabajadores, que reza que “el trabajador y, con su autorización, sus representantes legales, tendrán derecho a percibir, sin que llegue el día señalado para el pago, anticipos a cuenta del trabajo ya realizado”.
Y es que muchos empresarios desconocen las circunstancias personales de sus trabajadores y, en el momento en que estos deciden pedir un adelanto de su sueldo, se ven sorprendidos y no saben muy bien cómo reaccionar. De hecho, ¿un empleado te ha solicitado un adelanto de la nómina y no sabes cómo hacerlo? En este artículo te explicamos paso a paso cómo debes gestionar un anticipo de sueldo entre tus trabajadores para que no te pille desprevenido/a. ¡Sigue leyendo!

¿Es obligatorio aceptar un adelanto de sueldo de un empleado?
Sí, debes conceder un anticipo de salario si un trabajador lo solicita, aunque teniendo en cuenta algunos matices. La posibilidad de conceder un adelanto de sueldo a un empleado no quiere decir que éste pueda pedir que se le abone los siguientes seis meses de trabajo, sino únicamente la cuantía correspondiente al último periodo trabajado y no cobrado. Además, esta cantidad no debe exceder del 90% del salario devengado hasta el momento de la petición.
Por ejemplo, si un trabajador tiene un sueldo de 1.000 euros mensuales y pide que le adelanten el sueldo el día 10, le correspondería como máximo el 90% de un tercio de la nómina de un mes. Es decir, 299 euros aproximadamente.
IMPORTANTE: El anticipo de salario se descuenta siempre en la nómina del mes siguiente al que se ha hecho efectivo, y el trabajador no puede solicitarlo de forma habitual.
Asimismo, es importante consultar el convenio colectivo al que esté adscrito la empresa, puesto que algunos permiten otros tipos de anticipos sobre salarios aún no devengados por trabajador futuros que todavía no se han realizado (similar a un préstamo). Además, en algunos casos, los convenios establecen una serie de requisitos a la hora de aceptar (o no) un adelanto del sueldo a un trabajador y es conveniente que se llegue a un acuerdo entre empresa y trabajador. Estos requisitos pueden ser los siguientes:
- Gastos extraordinarios
- Necesidades urgentes y justificadas
- Años de servicio a la empresa
- El cargo que ocupa el trabajador demandante
Si se valora que el empleado cumple todos los requisitos, el siguiente paso es rellenar un formulario que proporciona el departamento de Recursos Humanos y realizar la solicitud formal. A partir de este momento, empresa y trabajador suscriben el contrato del préstamo. En este punto, es conveniente saber que, si la empresa fija para este préstamos un interés inferior al del mercado, será necesario indicarlo en la correspondiente declaración de la renta, puesto que Hacienda considera que la diferencia tiene la valoración de rendimiento en especie para el trabajador.
¿Puede negarse la empresa a dar un anticipo a un trabajador?
Sí, pero únicamente en aquellos casos en los que se solicite anticipos en meses consecutivos o de forma recurrente. Con ello, es importante matizar que el anticipo solo se aplica a la nómina del mes, por lo que la empresa no está obligada en ningún caso a anticipar ningún importe de percepciones de vencimiento superior al mes como sucede con las pagas extra. Si bien no existe un límite establecido por ley respecto al número de veces que se puede pedir un anticipo, pero no es una práctica que se pueda llevar a cabo de forma habitual.