El contrato de trabajo permite la regulación de las relaciones que se crean entre los trabajadores y la empresas. La legislación laboral y el Estatuto de los Trabajadores regulan los diferentes tipos de contrato de trabajo que existen. Existen multitud de clases de contrato laborales, pero algunos son solo variantes los contratos de trabajo principales.
Es conveniente conocer los diferentes cuáles son las características básicas de cada uno de los contratos existentes, para poder diferenciarlos entre sí. Esto nos ayudará a no caer en errores administrativos o legales que pueden tener consecuencias muy graves para los trabajadores y empresas.
Clases de contrato de trabajo
Aquí podrás la clasificación de contratos de trabajo existente actualmente. Cada uno de ello puede incluir, a su vez, diferentes modelos de contrato de trabajo. Sin embargo, estos son los 4 tipos de contrato de contrato de trabajo que podemos realizar. Según la Reforma Laboral de 2022 existen una serie de modificaciones relevantes en los contratos laborales como la desaparición de los contratos temporales a partir del 31 de marzo de 2022.
Contrato indefinido
El contrato indefinido se caracteriza porque no posee una duración concreta, es decir, que si ninguna de las partes decide poner fin a ese contrato, seguirá vigente de forma indeterminada. Este contrato también se conoce popularmente como “contrato fijo“, ya que se presupone una cierta estabilidad para el trabajador, aunque con la última reforma laboral y el abaratamiento del despido, esto ya no es tan real.
Entre las novedades de la Reforma Laboral señalar que este tipo de contrato de trabajo ahora debe pasar a indefinido a los 18 meses en 24 meses. Anteriormente era a los 24 meses en un marco de 30.
Estos contratos pueden ser a jornada completa o parcial, o contratos fijos discontinuos. Suelen los más apreciados por los trabajadores porque, como comentábamos anteriormente, no delimita un duración concreta, y se alargará hasta que una de las partes ponga fin al contrato.
Contrato temporal
Al contrario que los contratos indefinidos, el contrato de trabajo temporal sí que se caracteriza por tener una duración determinada. Es decir, que cuando pase un tiempo, los contratos temporales acaban finalizando, a no ser que se conviertan en indefinidos. La duración máxima de los contratos temporales es de 3 años, aunque según el convenio colectivo por el que se rigen pueden alargarse un año más.
Estos contratos se suelen para cubrir necesidades de personal por parte de las empresas durante un tiempo determinado. Existen diferentes tipos de contratos temporales, según el objetivo que posean, o la razón por la que se utilicen.
- Contrato de trabajo por obra y servicio: estos contratos se producen para contratar a personas que presten sus servicios hasta el final de una obra o un servicio concreto. Son temporales pero no se puede saber con exactitud qué día es el final del contrato. Este desaparece a partir del 31 de marzo de 2022, con un máximo de 6 meses de duración.
- Contrato eventual por circunstancias de la producción: se utiliza para cubrir necesidades o exigencias del mercado, como un aumento de la producción o la acumulación de tareas pendientes por parte de las empresas. No superará los 6 meses aunque puede incrementarse a un año por convenio del sector.
- Contrato de interinidad: estos contratos son los que las empresas utilizan para sustituir a otros trabajadores de su empresa que, por diferentes circunstancias, no pueden continuar en su puesto de trabajo. Este no estará vigente a partir del 30 de marzo de 2022.
Contrato para la formación y el aprendizaje
El contrato para la formación y el aprendizaje es una contrato en el que la empresas alternan empleo y formación a jóvenes de entre 16 y 25 años, aunque podrán realizarse a personas de hasta 30 años, mientras la tasa de paro supere el 15%.
Con ello, las empresas contratan a jóvenes que carecen de la formación necesaria para ocupar el puesto de trabajo ofertado y les ofrecen un trabajo remunerado y formación al mismo tiempo. El sueldo de estas personas vendrá regulado por el convenio colectivo, y nunca podrá ser inferior al Salario Mínimo Interprofesional establecido para ese año.
La duración del contrato para la formación no podrá ser superior a 3 años. En este tiempo, la formación de los jóvenes deberá ocupar un mínimo del 65% de la jornada durante el primer año, y del 85% durante el segundo año.
Contrato en prácticas
Los contratos en prácticas se realizan con la finalidad de introducir a los jóvenes que acaban de obtener un título universitario, o de Formación Profesional, en el mundo laboral. la duración de estos contratos no podrá ser inferior a 6 meses ni superar los tres años, en caso de personas con discapacidad puede hablarse de 5 años. Existe la posibilidad de realizar contrato a jornada completa o con jornada parcial.
El salario de las personas que posean este tipo de contrato laboral vendrá regulado por el convenio colectivo. Este salario no podrá ser inferior al 60% del de cualquier trabajador que ocupe el mismo puesto de trabajo. A partir del segundo año, no podrá ser menor del 75%.
Contrato de teletrabajo
El contrato de teletrabajo es un tipo de acuerdo entre trabajador y empresa que establece las condiciones por las que un empleado va a empezar a trabajar de forma remota. Ha de realizarse por escrito y antes de que el trabajador comience a teletrabajar. Si necesitas redactar un contrato de este estilo, puedes consultar y descargar gratis este modelo de contrato de trabajo.