Consecuencias legales de contratar a un falso autónomo

Irene Benlloch

La próxima Ley de Riders (un Real Decreto-Ley surgido para regular la situación laboral de los repartidores de las plataformas digitales) ha puesto una vez más sobre la mesa la problemática de los falsos autónomos. El falso autónomo es un empleado que por la relación laboral que tiene con la empresa para la que trabaja debería estar dado de alta en la Seguridad Social (como trabajador asalariado y no como trabajador autónomo). Dado que esta situación perjudica enormemente al trabajador, la figura del falso autónomo está considerada una forma de fraude laboral. Así pues, ¿qué consecuencias depara para las empresas la contratación de un falso autónomo? Vamos a verlo.




Principales medidas para tener una oficina protegida y segura del Covid-19

Consecuencias legales de contratar un falso autónomo

Aunque el falso autónomo también puede enfrentarse a una serie de sanciones (sobre todo si se ha desgravado el IVA en las declaraciones trimestrales o ha pactado con el empresario la recepción de las prestaciones de la Seguridad Social) en este artículo vamos a centrarnos en las sanciones que puede recibir el embresario si contrata a un falso autónomo:

  • Una multa que puede oscilar entre los 3.000 y 10.000 euros aproximadamente por no dar de alta al trabajador asalariado en la Seguridad Social.
  • Obligación de pagar todas las cotizaciones que el falso autónomo haya realizado durante los últimos cuatro años.
  • Una multa que puede suponer entre el 100% y el 150% de las cotizaciones no pagadas en su momento.
  • Obligación de abonar la indemnización legal máxima en caso de que el falso autónomo haya hecho una reclamación por despido.

Evidentemente, si en la empresa se ha detectado la existencia de más de un falso autónomo contratado el empresario tendrá que pagar las mismas sanciones por cada uno de estos trabajadores.

  • ¿Te ha servido de ayuda?
  • No