La necesidad de un estudio de seguridad y salud en las obras viene establecido por el Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre. En él se establecen una serie de condiciones mínimas de seguridad y salud que toda obra de construcción debe cumplir siempre y cuando se cumplan los siguientes requisitos:
- El presupuesto de ejecución por contrata sea igual o superior a 450.759,08 €.
- La duración de la obra supere los 30 días laborables y que en algún determinado momento trabajen 20 personas a la vez.
- El volumen de mano de obra estimada supere los 500 (suma de los días de trabajo total de todos los trabajadores).
- Si se trata de una obra de túneles, galerías, conducciones subterráneas y presas.
En el caso de que el proyecto de obra no cumpla ninguno de los requisitos anteriores, el promotor estará obligado a redactar un estudio básico de seguridad y salud.
¿Qué es un estudio de seguridad y salud?
Acabamos de ver cuáles son los requisitos que hace obligatorio presentar un estudio de seguridad y salud. Pero, exactamente ¿en qué consiste?
Este estudio es una garantía de seguridad en las obras. Se trata de un documento para la prevención de riesgos laborales que debe tomarse como punto de partida para elaborar un plan de seguridad y salud en el trabajo. En él se analizan, estudian, desarrollan y complementan las previsiones del estudio básico que es el Estudio de Seguridad y Salud.
Características del estudio
Ha de ser un documento que sea coherente con el proyecto que se va a realizar y que surja de todos los elementos proyectados y de unos planteamientos de ejecución. Por eso es vital incluir todos los trabajos previsibles. Esto incluye todas las acciones que se exijan desde la Administración (memoria valorada u otro tipo de documentación).
En base a esto el estudio de seguridad y salud deberá recoger las siguientes premisas:
- La prevención desde su origen. Esto es una memoria en la que se analice las previsiones de seguridad.
- Cómo ha de realizarse la obra: medios técnicos y materiales que se emplearán. Suele acompañarse de los correspondientes planos, gráficos y esquemas del proyecto.
- Se establecerá un plan de ejecución para la obra. Esto es un plan de emergencia en la que se determina la secuencia de las actuaciones de cada una de las personas presentes en el área de trabajo.
- Mediciones y presupuesto para los elementos de seguridad. Se concretarán y cuantificará el gasto previsto para la ejecución del plan.
- Pliego de las condiciones en donde se refleje que se tienen presente las normas legales.
En algunas ocasiones, puede ocurrir que la obra sea de tal envergadura que no se disponga de toda la información necesaria para elaborar el estudio de seguridad y salud de una forma detallada. En esta situación, habrá que atenerse a la información de la que se dispone para la redacción del estudio.
Aun así debe recoger todos los criterios y procedimientos de organización, seguimiento, control y coordinación que permitan establecer cuáles serán las medidas de prevención y protección que se establecerán a la hora de desarrollar cada uno de los trabajos.
¿Quién realiza el estudio de seguridad y salud?
Este estudio deberá ser elaborado por el contratista o contratistas de la obra. Deberá recoger todas las medidas de prevención y protección técnicas necesarias. Se trata de garantizar que la obra se ejecute en unas condiciones óptimas de seguridad, salud y protección de riesgos laborales.
Por tanto, el que debe realizar este estudio es el técnico competente asignado por el promotor. En determinados proyectos existe la figura de coordinador en materia de seguridad y salud. En este caso, será este profesional el encargado de elaborar o supervisar este estudio. Así, será el contratista o técnico el responsable de esta documentación.
Una vez terminado, este documento se integrará con el resto de documentación correspondiente al proyecto de ejecución de obra. Por eso ha de ser coherente con el resto de dicho proyecto y recoger aquellas medidas preventivas más adecuadas en función de la obra que se vaya a llevar a cabo. El objetivo es prevenir cualquier tipo de riesgo que conlleve la obra.