Todos los temas relacionados con las obligaciones que un empresario tiene que cumplir con la Hacienda Pública son de los que más quebraderos de cabeza generan. Por si fuera poco, para venir a complicar más el tema, tampoco es que la normativa sea sencilla de entender para los profanos. Un claro ejemplo, pocos somos capaces de saber ¿en qué consiste la regla de la prorrata del IVA?, ¿cuándo es obligatoria? o ¿cómo se aplica? Por ello, si eres el encargado de gestionar los impuestos de tu empresa, deberás saber algo más acerca de este tema.
La definición de prorrata de IVA en contabilidad dice que es un mecanismo de ajuste que afecta a personas físicas o empresas que realizan simultáneamente actividades sujetas y actividades exentas de IVA. Este mecanismo determina cuál es la deducción final que se puede devengar, es decir, sirve para calcular el porcentaje que el sujeto pasivo tiene que aplicar a sus cuotas soportadas y el importe deducible para las liquidaciones obligatorias de IVA. ¿Aún te resulta un poco galimatías? Vamos a entrar al detalle para clarificar dudas.
¿Cuándo se aplica la prorrata del IVA?
Lo primero que habría que señalar es que la prorrata del IVA no es voluntaria, es de obligado cumplimiento para todos los sujetos económicos que entran en ese supuesto de compaginar actividades con derecho a deducción de IVA y otras que no. Sí es verdad que existen dos modalidades, la prorrata general y la especial, con diferencias entre ambas.
La prorrata especial del IVA consiste en deducir sólo el IVA de las actividades que se puede y no deducir nada en las que no se puede. Vamos, ¡un todo o nada! En la práctica, el declarante divide sus actividades en tres grupos, el de actividades deducibles (100%), el de no deducibles (0%) y el grupo de las llamadas “comunes” (aquí se usaría el mismo porcentaje de deducción que optando por la prorrata general). Ya te adelantamos que esta fórmula es aplicable en dos situaciones:
- Si el sujeto pasivo opta en plazo y forma por ella. Esto es, si la solicita con el modelo 036 en diciembre y recibe la aprobación de la Administración. Comenzaría a funcionar con este mecanismo a partir del 1 de enero.
- Si al aplicar la general, las cuotas a deducir durante un año natural superan en un 10% el importe que resultaría de aplicar la prorrata especial.
Lo habitual es que se utilice la regla de la prorrata general del IVA que, a diferencia de la anterior, consiste en calcular mediante una fórmula preestablecida el porcentaje global a deducir y aplicar esa misma cantidad en todas las actividades, las deducibles y las exentas.
¿Cómo calcular la prorrata del IVA?
Como hemos señalado, la modalidad de prorrata general de IVA es la de uso más generalizado, aplicando la misma cantidad deducible a todas las actividades realizadas por la empresa. Implica que se tenga que calcular cuál es el importe, que será distinto en cada sujeto y ejercicio fiscal.
La fórmula establecida para determinar ese porcentaje a aplicar es la siguiente: importe total anual de operaciones con derecho a deducir, dividido por el importe total anual de todas las operaciones (con y sin deducción). El resultado se multiplica por 100 y la cifra resultante se redondea por exceso hasta la unidad inmediatamente superior.
En cuanto a cómo se efectúa esa regla, en los tres primeros trimestres se aplica una especie de “prorrata provisional”, la cantidad que fue definitiva el ejercicio anterior. Durante el cuarto trimestre se calcula la definitiva y se realizan los ajustes que fueran necesarios para que cuadre el computo del año.
Esperamos haber arrojado algo de claridad a este espeso tema sobre la pregunta qué es la regla de la prorrata del IVA y cómo calcularla.