Reducción de trámites y reducción de capital inicial, frente a un incremento de responsabilidad y, posiblemente, de impuestos es la disyuntiva que tiene enfrentar el emprendedor al momento de decidir si debe constituir una sociedad o trabajar como autónomo:
Beneficios de ser autónomo
No hay formalidades específicas a realizar, ya que no se adquiere personalidad jurídica sino física. Es por esto que los trámites se reducen muy considerablemente y por tanto también el capital necesario para la constitución.
Dado que no se crea persona jurídica distinta del propio empresario existe un ahorro en gastos de notario, registros, etc por lo que ser autónomo implica ser mas económico.
Ser autónomo no exige ningún capital mínimo. Otras formas jurídicas como por ejemplo la Sociedad Limitada (3.000 euros) o la Sociedad Anónima (60.000 euros), demandan una inversión para su constitución.
Por otra parte, las obligaciones fiscales son más simples que en el caso de otras sociedades, lo que implica una gestión más sencilla y más económica.
Desventajas de ser autónomo
Las deudas y obligaciones del negocio se asumen con los bienes personales, puesto que no hay diferencia entre el patrimonio del empresario y el de la empresa. El empresario individual responde personalmente de las obligaciones derivadas de la actividad empresarial con todos sus bienes presentes y futuros.
Si el empresario o empresaria están casados puede dar lugar a que sus actividades alcancen al otro cónyuge, según la clase de bienes:
Los bienes propios de los cónyuges empresarios quedan obligados a los resultados de la actividad empresarial.
Los bienes gananciales pueden quedar obligados por consentimiento expreso o por presencia y consentimiento.
Los bienes privativos del cónyuge del empresario pueden quedar obligados por consentimiento expreso en escritura pública.
El beneficio obtenido tributa por IRPF. Si su volumen de beneficio es importante, puede estar sometido a tipos impositivos muy elevados (las Sociedades tributan al tipo fijo del 35% sobre los beneficios, mientras la persona individual tributa por tipos más elevados cuanto mayor es su volumen de renta).
El trabajador autónomo, el IVA y el IRPF