La inscripción en este registro es potestativa, salvo en el caso del empresario individual naviero. El empresario no inscrito no podrá pedir la inscripción de ningún documento respecto de su empresa ni le aprovecharán los efectos legales que se deriven de dicha inscripción.
Lugar de tramitación
- Registro Mercantil de la provincia.
- Documentación
-Solicitud a instancia del interesado.
-Declaración del comienzo de actividad empresarial.
Escritura pública (art. 93 L. 1784/96).
- Plazo
Posterior a la declaración censal del comienzo de la actividad empresarial (art. 107 L. 37/1988).