Una de las preguntas más frecuentes que se hacen los trabajadores y que te tocará resolver como gestor de tu Pyme es la siguiente:
¿Se puede acumular el permiso de lactancia al permiso de maternidad?
El Estatuto de los Trabajadores no reconoce derecho a disfrutar de el permiso de lactancia de forma acumulada después del descanso por maternidad.
Son los convenios colectivos los que recogen y regulan de forma expresa e esta modalidad del permiso de lactancia. Para saber si un trabajador tiene derecho a disfrutarlo, se deberá recurrir al convenio colectivo que esté vigente en función del sector.
Si el convenio colectivo permite acumular la lactancia, no es necesaria una autorización de la empresa. Basta que el trabajador lo comunique por escrito de forma correcta.
En el caso de que el convenio colectivo no recoja la posibilidad de disfrutar del permiso de lactancia acumulado, el trabajador puede llegar a un acuerdo con la empresa. En el caso de la empresa se lo conceda, ambas partes deberán firmar un documento intentando dejar todas las condiciones correctamente estipuladas.
La legislación también permite que sea el padre quien disfrute del permiso de lactancia acumulado.
Duración del permiso de lactancia acumulado
La duración depende de lo que se establezca en el convenio colectivo aplicable o bien, según lo pactado con la empresa.
Para calcular la duración del permiso de lactancia acumulado habrá que tener en cuenta la jornada del trabajador, los días de descanso además de los días festivos.
Más información sobre el permiso de lactancia y el permiso por maternidad.