El pago del kilometraje o de los gastos de desplazamiento a los empleados que utilizan sus automóviles y otros medios de transporte para ir al centro de trabajo es una práctica habitual en algunas empresas.
Este complemento no se suele pagar en función del tiempo de trabajo, sino más bien de la cantidad de kilómetros de desplazamiento necesarios. Este tipo de práctica es muy común en empresas cuyos empleados necesitan desplazarse con frecuencia y suele estar asociada a otras También puede darse el caso en el que una empresa en vez de pagarlo en nómina, lo pague en una nota de gastos. En este caso el trato fiscal es diferente.
¿Cómo se paga el kilometraje y cómo se cotiza?
El precio a pagar por el kilometraje, lo marca la empresa (o empresa de renting). Es decir, la cantidad que cada empresa pague por desplazamiento varía en función delos criterios aplique.
Cuando los gastos de kilometraje aparecen en nómina, por ley, hasta 0,19 euros por kilómetro no es necesario cotizar la cantidad a la seguridad social y tampoco está sujeto a retención de IRPF. El exceso, es decir, la cantidad que supere los 0,19 céntimos mensuales es lo que sí cotizará.
Por ejemplo, si el convenio marca que el kilometraje se pagará a 0,24 céntimos y a lo largo del mes, el trabajador ha realizado 200 kilómetros, por lo que cotizará 0.05 por kilómetro recorrido.
De tal forma que 200 x 0.05 = 10 euros. Es decir, el trabajador sólo deberá cotizar por el exceso (10 euros en este caso).
Para entender mejor cómo calcular una nómina con kilometraje lo mejor es ver un ejemplo práctico. Recuerda, estos modelos pueden servirte como ayuda o para orientarte. Lo mejor es que consultes con un asesor o con un experto en la materia para que te ayude y resuelva todas las dudas que puedas tener.
Ejemplo de nómina con kilometraje