Si vas a iniciar un nuevo negocio debes conocer cuáles son los gastos de constitución y de primer establecimiento asociados a la creación de una nueva empresa.
Tanto si eres empresario especializada con éste es tu primer proyecto empresarial, la iniciativa y la ilusión son dos sentimientos imprescindibles y necesarios en cualquier actividad. Son muchos los detalles a tener en cuenta: como el nombre y la denominación social, las contrataciones de personal y el alquiler del establecimiento, etc.
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Pero cuando partimos con la idea de crear una empresa, es importante que también seamos conscientes de los gastos que va a suponer para nuestro bolsillo. De este modo, podremos hacernos una idea del capital que necesitamos para la inversión inicial, y no sólo eso, sino aprender a gestionar de forma más eficiente cualquier gasto secundario.
La capacidad de gestionar adecuadamente el capital económico es un elemento necesario e imprescindible para el éxito del proyecto. Solo podrán mantenerse de forma activa aquellos negocios en los que la rentabilidad y el control financiero vayan de la mano.
¿Qué son los gastos de constitución?
Tras la aprobación del Real Decreto 1514/2007, se ha modificado la forma de entender la contabilidad de los gastos de establecimiento y constitución, tras la aprobación del Plan General de Contabilidad y el Real Decreto 1515/2007 que supuso un cambio en el Plan General de Contabilidad de Pequeñas y Medianas Empresas.
Para ello, es conveniente comenzar a diferenciar entre dos grandes grupos:
– Gastos de constitución y de ampliación de capital: Resultan obligados para el empresario y tienen identidad jurídica. Dentro de este grupo se engloban los gastos asociados al registro notarial, para la inscripción mercantil, escrituras, etc.
– Gastos de primer establecimiento: Comprende todos aquellos gastos imprescindibles para iniciar una actividad empresarial, como la publicidad o los estudios de mercado.
¿Qué son los gastos de establecimiento?
Como citábamos en el punto anterior, los gastos de establecimiento hacen referencia a todas aquellas inversiones necesarias y propias del inicio de un nuevo negocio.
Así, dentro de este grupo podríamos desglosar los gastos asociados a la formación e instrucción del nuevo personal del equipo; la realización de estudios de marketing o comerciales que puedan dar información acerca del sector de negocio en el que vamos a introducirnos.
La inversión publicitaria también se engloba dentro de este tipo de gastos, bien sea la publicidad propiamente dicha o la inversión derivada de contratar a profesionales de agencias de marketing.
¿Cómo se contabilizan?
La contabilidad de los gastos de constitución ha variado desde la actualización del último plan. Y es que, hasta la modificación del Plan General Contable en 2007, todos los gastos mencionados anteriormente se incluían en el grupo de activos de la empresa.
Sin embargo, en la actualidad los gastos de constitución ya no son considerados como activos al entenderse que no llevan aparejados ninguna obligación de inversión futura.
¿Cómo contabilizarlos? En dos modalidades diferentes. Por un lado, los gastos de constitución y los de ampliación de capital se cargan de forma directa sobre el patrimonio neto de la empresa sin pasar por el cálculo y balance de pérdidas y ganancias.
No obstante, los gastos de primer establecimiento siguen una dinámica diferente y se incluyen en el grupo de pérdidas y gastos del ejercicio sobre el que se esté estimando la contabilidad. Como ves, la diferencia entre ambos grupos es bastante discreta pero no menos importante de cara a presentar el resumen de cuentas de la empresa.
Otro detalle importante, es que este tipo de gastos solo se contemplan ante la constitución de una empresa nueva y no tras modificaciones o reestructuraciones dentro de una sociedad que ya había sido creada con anterioridad.