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    Emprende Pyme » Derechos y Obligaciones de trabajadores y empresarios
    Recursos Humanos

    Derechos y Obligaciones de trabajadores y empresarios

    Laura SánchezBy Laura Sánchez23 de marzo de 2023Updated:23 de marzo de 20233 Mins Read
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    Índice de Contenido

    • El empresario contrae obligaciones con:
    • Derechos del trabajador
    • Deberes del trabajador

    Un contrato de trabajo supone unos derechos para el trabajador, que se convierten en obligaciones para el empresario. Al mismo tiempo, las obligaciones que contrae el trabajador se convierten en derechos de su empresario.

    El empresario contrae obligaciones con:

    1. El trabajador: Cuando la relación laboral sea de duración superior a cuatro semanas, el empresario deberá informar por escrito al trabajador sobre los elementos esenciales del contrato y principales condiciones de ejecución de la prestación laboral, siempre que tales elementos y condiciones no figuren en el contrato de trabajo formalizado por escrito.

    2. Los representantes legales de los trabajadores: También deberá entregar a los representantes legales de los trabajadores, una copia básica de los contratos formalizados por escrito (con excepción de los contratos de relaciones especiales de alta dirección, para los que es suficiente la notificación), así como las prórrogas de dichos contratos y las denuncias de los mismos, teniendo para ello el mismo plazo de 10 días. La copia básica contendrá todos los datos del contrato a excepción del número del DNI, domicilio, estado civil y cualquier otro dato que pueda afectar a la identidad personal del interesado. Posteriormente, dicha copia básica se enviará al Servicio Público de Empleo. Cuando no exista representación legal de los trabajadores también deberá formalizarse copia básica y remitirse al Servicio Público de Empleo.

    3. El Servicio Público de Empleo: Los empresarios están obligados a comunicar al Servicio Público de Empleo en el plazo de los 10 días siguientes a su concertación, y en los términos que reglamentariamente se determinen, el contenido de los contratos de trabajo que celebren o las prórrogas de los mismos, deban o no formalizarse por escrito.

    Derechos del trabajador

    • A la ocupación efectiva durante la jornada de trabajo.
    • A la promoción y formación en el trabajo.
    • A no ser discriminados para acceder a un puesto de trabajo.
    • A la integridad física y a la intimidad.
    • A percibir puntualmente la remuneración pactada.
    • Los demás que se establezcan en el contrato de trabajo.

    Deberes del trabajador

    • Cumplir las obligaciones concretas del puesto de trabajo conforme a los principios de la buena fe y diligencia.
    • Cumplir las medidas de seguridad e higiene que se adopten.
    • Cumplir las órdenes e instrucciones del empresario en el ejercicio de su función directiva.
    • No realizar la misma actividad que la empresa en competencia con ella.
    • Contribuir a mejorar la productividad.
    • Los demás que se establezcan en el contrato de trabajo.

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    Laura Sánchez

    Llevo años redactando textos y artículos sobre el mundo laboral y empresarial. Experta en copywriting y crear textos para lectura online.

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