Deberán presentar una declaración de alta en el Censo de obligados tributarios quienes desarrollen o vayan a desarrollar en territorio español actividades empresariales o profesionales.
- Lugar de tramitación
Agencia Estatal de Administración Tributaria
- Plazos
Con anterioridad al inicio de las correspondientes actividades
- Documentación
Modelo 036 – Declaración censal de alta, modificación y baja en el censo de obligados tributarios.
(Modelos y formularios – Declaraciones – Censos, certificados y otros – Modelo 036) .El modelo 036 podrá presentarse en impreso o por vía telemática a través de Internet.– La presentación en impreso se realizará mediante entrega directa o mediante envío por correo certificado a las oficinas de la Administración o Delegación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) correspondiente al domicilio fiscal.
– La presentación telemática del modelo 036 podrá ser efectuada por el propio declarante o bien por un representante a través de Internet o de cualquier otra vía que permita la conexión a la dirección www.aeat.es donde seleccionará y cumplimentará el modelo de declaración.
- Deberá disponer de:
-Número de Identificación Fiscal
-Certificado de firma electrónica X.509.V3 o cualquier otro certificado de los admitidos por la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
-El declarante deberá imprimir y conservar la declaración aceptada, debidamente validada con el correspondiente código electrónico.
- Esta declaración presupone los siguientes trámites tributarios:
– Declaración previa al inicio de Inicio de Actividad.
– Información relativa a las actividades económicas que realizan. Los sujetos pasivos del IAE que no estén obligados al pago del mismo por resultar exentos (importe neto de la cifra de negocios inferior a 1.000.000 euros), tendrán que presentar dicha información a través de la declaración censal.
-Opciones IVA. Se comunicará a través de dicha declaración el régimen de IVA por el que opte el obligado tributario: régimen general o especial.