¿Tienes empleados que trabajan en el turno de noches? Antes de esclarecer cómo aparecen las horas nocturnas en la nómina del trabajador, es esencial analizar las peculiaridades de los contratos laborales nocturnos y entender bien los límites que se establecen en los conceptos de trabajo nocturno y trabajador nocturno, respectivamente. Por un lado, llamamos trabajo nocturno a aquel que se realiza generalmente entre las diez de la noche y las siete de la mañana del día siguiente; por otro lado, un trabajador nocturno es aquel que lleva a cabo la actividad laboral durante al menos tres horas de su jornada entre el límite horario estipulado, o bien, aquel en cuyo recuento anual se refleja al menos un tercio de la jornada entre dicho rango.
Dependiendo de la negociación colectiva, cada empresa presenta una remuneración del trabajo nocturno específica. Lo mismo sucede con los incentivos o los plus de nocturnidad, los cuales solo se percibirán cuando el trabajado esté prestando trabajo efectivo en periodo nocturno, fuera de su horario habitual.
Cómo aparecen las horas nocturnas en la nómina
Las horas nocturnas quedan reflejadas en la nómina de cualquier trabajador y están sujetas a la retención y cotización a la Seguridad Social, al igual que el plus de nocturnidad. En este caso, podrá marcarse como un porcentaje extraído sobre el salario base del empleado, o bien, como una cantidad fija en su contrato. Ten en cuenta además que el plus de nocturnidad no se pagará si el trabajo se realiza por naturaleza de noches, como es el caso de los vigilantes de seguridad o el personal de mantenimiento de las ciudades.
En España, la nómina de un trabajador nocturno recoge el tipo de contrato (temporal, indefinido, etc.), el convenio colectivo aplicable, las pagas extra y su situación personal a la hora de aplicar el porcentaje de IRPF. Los trabajadores nocturnos no pueden realizar horas extraordinarias, es decir, fuera de su horario de trabajo estipulado, pues están prohibidas.
Conceptos básicos de una nómina