Generalmente, en el manual de operaciones de la Biblia de franquicia anualmente la central franquiciadora, exige al franquiciado, presentar en el plazo máximo de 90 días desde el cierre del ejercicio, las cuentas anuales de la franquicia a la central.
En caso que el franquiciado no se encuentre capacitado para llevar a cabo una idonea labor de contabilidad, es necesario que subcontrate o externalice dicha tarea a una empresa especializada externa.
Esto requerirá de un esfuerzo extra y el franquiciado deberá ser consciente de ello y tomar, por tanto, las medidas oportunas.