Con la implantación del teletrabajo cada vez más asentada en empresas de todo el mundo, es muy frecuente preguntarse quién debe asumir los gastos derivados del trabajo a distancia, como pueden ser la luz, el agua o Internet: ¿el empresario o el trabajador? Hasta el momento, cada país regula el teletrabajo de una forma diferente, por lo que es conveniente leer con atención la normativa vigente para asegurarnos de si debemos o no correr con este tipo de gastos en el caso de que decidamos implantar el trabajo remoto en nuestra empresa.
La regla general es que el empresario debe hacerse cargo de los gastos que genere trabajar en casa así como de los medios empleados, como el ordenador, la silla, el teléfono de empresa, etc., aunque son cuestiones que deben acordar los convenios reguladores. Según los expertos, lo ideal es que tanto el trabajador como la empresa definan la prestación de servicios al comienzo de la actividad laboral a distancia. En otras palabras, los costes deben ser definidos claramente antes de iniciar el teletrabajo. Asimismo, la empresa debería asumir los costes de las medidas necesarias para la prevención de riesgos laborales (protección de la salud).
Gastos del Teletrabajo: ¿Quién debe pagar o asumir los gastos?
Como ya hemos adelantado, generalmente es el empresario quien debe hacerse cargo de los gastos que genere el desarrollo de la actividad laboral, si bien es conveniente revisar qué dice el contrato de trabajo o el convenio colectivo aplicable. Además, es importante tener en cuenta si el teletrabajo supone realmente un coste adicional para el trabajador o no para tomar esta decisión. Por ejemplo, si el empleado no dispone de una conexión a Internet adecuada para trabajar desde casa, el empresario debería sufragar los costes necesarios para conseguir una buena conexión.