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    Emprende Pyme » La letra de cambio
    Ser Emprendedor

    La letra de cambio

    Patricia NuñoBy Patricia Nuño8 de agosto de 2023Updated:8 de agosto de 20235 Mins Read
    letra de cambio|Grafica letra de cambio
    |Documento BOE-A-2001-19668
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    Índice de Contenido

    • ¿Qué es la letra de cambio?
    • Ejemplo de una letra de cambio
    • Diferencias entre una letra de cambio y un pagaré
    • Requisitos de una letra de cambio
    • Tipos de letras de cambio

    Son muchas las formas que tienen las personas físicas y jurídicas de financiarse y acceder a un crédito. Como emprendedor, es muy complicado a veces hacer frente a la multitud de pagos a proveedores, y más cuando todavía no hemos recibido cobro por parte de nuestros clientes. Una letra de cambio es un documento escrito por el que una persona, ordena a una determinada persona que pague una cantidad de dinero, a una tercera persona o al portador del documento. A continuación, te enseñamos un ejemplo de letra de cambio, los tipos que hay y sus partes.

    Para ello, han nacido diversos títulos para favorecer la labor comercial y permitir financiación a corto plazo para las empresas. Uno de los títulos más extendidos en el ámbito comercial es la letra de cambio.

    ¿Qué es la letra de cambio?

    La letra de cambio es un título de crédito escrito, por el que una persona, ya sea física o jurídica (librador), ordena a otra (librado) que pague una cantidad determinada de dinero a favor de un tercero (tenedor o tomador) en una fecha determinada, conocida como fecha de vencimiento.

    La finalidad principal de la letra de cambio es la del compromiso. El librador, o persona que emite el documento, se compromete a entregar una cantidad cierta de dinero o un artículo en especie en un plazo determinado.

    letra de cambio

    Por regla general, la letra de cambio se emplea como una forma de financiación a corto plazo, permitiendo que el deudor pueda realizar el pago en un futuro próximo (por ejemplo, a la entrega de la mercancía).

    Como hemos mencionado anteriormente, son tres las partes que intervienen a la hora de emitir una letra de cambio:

    • Librador. Persona que elabora el documento escrito y da la orden de pago.
    • Librado o aceptante. Quien acepta la orden de pago. Mediante la firma de la letra de cambio, se compromete a realizar el pago al beneficiario.
    • Tomador o beneficiario. Recibe la cantidad de dinero en el plazo establecido previamente.

    Ejemplo de una letra de cambio

    A continuación, incluimos un ejemplo gráfico de una letra de cambio, el formato y toda la información detallada para rellanar en los campos.

    Grafica letra de cambio
    Documento BOE-A-2001-19668

    Diferencias entre una letra de cambio y un pagaré

    Para poderlo entender primero debemos explicar ¿qué es un pagaré? El pagaré es un documento de crédito escrito por el que una persona se obliga a pagar a un tercero una determinada cantidad de dinero en una fecha y lugar concretos. Te explicamos cuáles son las principales diferencias entre una letra de cambio y un pagaré:

    DIFERENCIAS LETRA DE CAMBIO PAGARÉ
    EMISOR Persona o empresa que tiene el derecho
    del cobro
    El emisor es el que se compromete a
    realizar un determinado pago
    PARTICIPANTES 3 participantes: Tenedor, librador y quien
    asume la deuda
    2 participantes: Beneficiario y firmante
    TIPO DE DOCUMENTO Documento oficial timbrado por el Estado Documento privado firmado por
    las dos partes
    INTERESES No tiene intereses Puede incluir intereses
    ACEPTACIÓN El deudor debe aceptarla No es necesaria confirmación

    Requisitos de una letra de cambio

    Según viene recogido en el artículo 1 de la Ley 19/1985, de 16 de julio, Cambiaria y del Cheque, para considerar una letra de cambio como tal, deberá contener los siguientes elementos:

    • Que en el título conste “Letra de Cambio”, expresada en el idioma empleado en la redacción del documento, en castellano por ejemplo.
    • El mandato puro y simple de pagar una cantidad cierta de dinero en euros o moneda extranjera convertible y admitida a cotización oficial (por ejemplo, dólares).
    • El nombre del librado o persona que tiene la obligación de realizar el pago.
    • Indicación de la fecha de vencimiento.
    • Lugar donde se debe efectuar el pago, como puede ser en una entidad bancaria.
    • Nombre del tomador o persona a la que se le debe realizar el pago.
    • Fecha y lugar en que se libra.
    • Firma del librador o persona que emite la letra de cambio.

    Todo documento que le falte alguno de los elementos anteriores no será considerado letra de cambio. Aunque existen 3 excepciones:

    1. Si no se expresa fecha de vencimiento,  la letra será pagadera a la vista.
    2. Si no se indica el lugar de pago, se considerará aquel que figura junto al nombre del librado.
    3. Si no está indicado el lugar de emisión, será aquel reflejado al lado del nombre del librador.

    Tipos de letras de cambio

    En función de la fecha de vencimiento, podemos distinguir varios tipos de letras de cambio:

    • Letras giradas a día fijo. Vencen en la fecha establecida en el documento.
    • Letras libradas a la vista. Se pagan cuando se presentan, con un plazo máximo de 1 año desde la fecha que se libró.
    • Letras giradas a un plazo desde la fecha. Vencen una vez transcurra el plazo exacto que figura en el título. Por ejemplo, una letra girada a 30 días.
    • Letras libradas a un plazo desde la vista, que vencen a partir de la fecha de su aceptación.

    Conoce cómo rellenar una letra de cambio para saber qué información debes añadir en cada lugar del anverso y del reverso.

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    Patricia Nuño

    Soy Licenciada en Derecho y Administración de Empresas y estudié un Máster en Protocolo y Dirección y Organización de Eventos. Activa, curiosa y apasionada. Emprender es mi misión y pasión.

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