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    Emprende Pyme » Concurso de acreedores: qué es y cómo recurrir a él
    Administración de la Empresa

    Concurso de acreedores: qué es y cómo recurrir a él

    Diego LorenzanaBy Diego Lorenzana23 de marzo de 2023Updated:23 de marzo de 20234 Mins Read
    Proceso de reestructuración
    ESB Professional || Shutterstock
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    Índice de Contenido

    Toggle
    • ¿Qué es el concurso de acreedores?
    • ¿Cuándo puede acogerse una empresa a un concurso de acreedores?
    • ¿Quién puede solicitar un concurso de acreedores?
    • Plazos del concurso de acreedores

    Los concursos de acreedores se han convertido en una fórmula bastante habitual en los procesos de renegociación de deudas en las empresas españolas. Según datos de Informa, más de 50.000 sociedades se han acogido a este procedimiento en la última década en España, y por desgracia la mayoría han acabado en liquidación y cierre.

    La situación está mejorando en los últimos años, sobre todo gracias a las nuevas leyes que se han ido aprobando y a que la situación económica es ahora más favorable. Pero todavía queda mucho camino por recorrer. Pero, ¿sabes lo que son los concursos de acreedores, a quién afectan y cómo acceder a ellos?

    Proceso de reestructuración

    ¿Qué es el concurso de acreedores?

    Cuando una empresa se encuentra en problemas económicos o se declara la suspensión de pagos, puede recurrir a una fórmula muy extendida en España entre empresas de todo tipo: el concurso de acreedores. Se trata de un procedimiento legal que se origina cuando un deudor tiene verdaderas dificultades para hacer frente a sus deudas.

    Su objetivo no es otro que evitar que una situación transitoria de insolvencia de la empresa se convierta en quiebra empresarial. Para ello, dispone de unos mecanismos previstos por la Ley para la negociación con los acreedores y, en última instancia, para la liquidación de la sociedad.

    En España, esta figura está regulada por la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal. Esta ley fue modificada por el Real Decreto Ley 3/2009, de 27 de marzo, de medidas urgentes en materia tributaria, financiera y concursal debido fundamentalmente a la situación económica, y por la Ley 38/2011, de 10 de octubre.

    ¿Cuándo puede acogerse una empresa a un concurso de acreedores?

    La empresa que solicite un concurso de acreedores debe estar en una situación en la que no sea posible cumplir con sus obligaciones. Estas pueden ser crediticias, tributarias, de Seguridad Social, salarios, indemnizaciones o de cualquier otro tipo. Llegados a este punto, la ley prevé que el deudor pueda solicitar el concurso de acreedores.

    ¿Quién puede solicitar un concurso de acreedores?

    El propio deudor debe solicitar el concurso de acreedores. Si es una persona jurídica, entonces serán los órganos competentes quienes soliciten el concurso de acreedores si lo consideran conveniente.

    Hay dos formas de solicitar el concurso de acreedores:

    • De forma voluntaria: bajo este supuesto, es la persona responsable de la sociedad quien solicita de manera totalmente voluntaria el concurso de acreedores. Eso sí, siempre que se encuentre en una situación de insolvencia actual o inminente. En cualquier caso, si esta persona tiene en su poder información que prevea la quiebra de la empresa, estará en la obligación de solicitar el concurso.
    • De forma forzosa: si es alguno de los socios o los acreedores quienes solicitan el concurso, por ejemplo cuando existen desavenencias con la dirección de la sociedad. En este caso es el juez quien decide si finalmente el concurso de acreedores.

    Plazos del concurso de acreedores

    Desde el momento en que el deudor conoce su situación de insolvencia, tiene un plazo de dos meses para solicitar la declaración del concurso de acreedores. En cualquier caso, antes de que finalice este plazo, tiene la posibilidad de poner en conocimiento del juzgado correspondiente que ha iniciado las negociaciones correspondientes para alcanzar un acuerdo.

    A partir de ese momento, se inicia el procedimiento concursal, que suele constar de cuatro fases:

    • Fase común, donde el juez estima las medidas cautelares correspondientes. También se determinan las masas activas y pasivas de la sociedad, con los créditos y deudas que tenga.
    • Fase de convenio, en la que se recibirán las propuestas del deudor y cualquier acreedor presente. Si alguna propuesta obtiene la mayoría suficiente, el juez aprobará el convenio.
    • Fase de liquidación, donde la sociedad vende todos sus activos para pagar la mayor parte de las deudas posible, siguiendo el orden de prioridad establecido por la ley.
    • Fase de calificación, en la que se determina si en la generación de insolvencia ha habido dolo o culpa grave del deudor. En caso de que sea así, los deudores serán condenados a devolver los bienes obtenidos indebidamente del patrimonio del deudor. Además, podrían ser también a inhabilitados para administrar bienes ajenos y deberán indemnizar por los daños causados.

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    Diego Lorenzana

    Economista con Máster en Dirección de Empresas, redactor freelance, consultor SAP FI. Colaborando en Emprendepyme desde octubre de 2019.

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