A continuación, las principales características de este régimen:
Características del trabajador por cuenta propia
- Normalmente se trata de empresas en las que hay un titular y varios trabajadores contratados por éste.
- No tiene una regulación legal específica y está sometido en su actividad empresarial a las disposiciones generales del Código de Comercio en materia mercantil y a lo dispuesto en el Código Civil en materia de derechos y obligaciones.
- Control total de la empresa por parte del propietario, que dirige su gestión.
- La personalidad jurídica de la empresa es la misma que la de su titular (empresario), quien responde personalmente de todas las obligaciones que contraiga la empresa.
- No existe diferenciación entre el patrimonio mercantil y su patrimonio civil.
- No precisa proceso previo de constitución.
- La aportación de capital a la empresa, tanto en su calidad como en su cantidad, no tiene más límite que la voluntad del empresario.
- También se usa como método para iniciar una actividad empresarial con el fin de constituirse en otra modalidad posteriormente. Los motivos suelen ser no disponer de capital para constituir y mantener inicialmente una sociedad.
- La inscripción en el Registro Mercantil no es obligatoria aunque sí aconsejable pues si no se hace, el empresario no podrá beneficiarse de la publicidad del registro.
- Respecto a la tributación, los beneficios de la empresa se imputan al empresario, quien debe declararlos en el IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas).
El trabajador autónomo, el IVA y el IRPF