En ocasiones, un trabajador se ve en la obligación de faltar a su trabajo por diversos motivos, aunque la mayoría de veces se debe a algún problema de salud física o psicológica. Cuando esto sucede, el empleado debe solicitar la baja laboral.
¿Qué es la baja laboral?
La baja laboral es una situación en la que un trabajador se encuentra impedido temporalmente para trabajar, debido a enfermedad común o profesional y accidente, mientras reciba asistencia sanitaria de la Seguridad Social.
¿Cuáles son las causas más comunes por las que se solicita la baja?
Normalmente, los principales motivos por los que un trabajador llega a solicitar la baja laboral son:
- Enfermedad común o profesional.
- Accidente, ya sea o no en el trabajo.
- Período de observación de enfermedades profesionales.
Requisitos para coger la baja
Un trabajador no puede, por su libre albedrío, decidir cuándo solicitar o no la baja y según su conveniencia. Se deberán cumplir unos requisitos mínimos de solicitud de la baja laboral:
- Estar afiliado y dado de alta a la Seguridad Social.
- Tener cubierto un mínimo período de cotización. Por ejemplo, para solicitar baja por enfermedad común, haber cotizado 180 días en los 5 años anteriores al hecho que causa la baja laboral.
- Para casos de accidente o enfermedad profesional, no se necesita periodo previo de cotización.
¿Quién paga la baja laboral del trabajador?
Cuando un trabajador está de baja laboral, normalmente es la empresa la que carga con el pago. Pero cabe decir, que es la Seguridad Social la que paga a la empresa y la empresa se lo paga al trabajador.
Igualmente, también podrán pagar la baja laboral una Mutua Colaboradora, entidad privada sin ánimo de lucro que colabora con el INSS y la Tesorería General, o la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS).
Que lo pague la empresa o la Mutua dependerá del periodo de tiempo que dure la baja, y la causa de la misma. Si el motivo de la baja ha sido producido por contingencia comunes, la empresa pagará hasta los primeros 15 días. Después lo paga la Mutua o la Tesosería general. En el caso de que dure más de 1 un año lo pagará la Seguridad Social.
¿Cuánto se cobra de baja laboral?
En cuanto a cuánto se cobra de baja laboral, dependerá de la razón por la que se solicita la baja y el periodo de tiempo. Así, hacemos la siguiente distinción:
1.Si la baja es por contingencias comunes.
Son contingencias comunes el accidente no laboral o enfermedad no laboral. El cobro de la baja comenzará a partir del cuarto día.
- Los 3 primeros días corren a cargo del trabajador.
- Hasta el día 15, la baja la asumirá la empresa, abonándose el 60% de la base de la cotización del mes anterior.
- A partir del día 16, es la Mutua o el INSS quienes asumen el pago de la baja. Igualmente se abonará el 60% de la base de la cotización.
- Desde el día 21 hasta que se dé el alta, se abona el 75% de la base de la cotización por parte de la Mutua o el INSS.
2.Incapacidad temporal por contingencias profesionales.
En este caso, el trabajador solicitará la baja por accidente de trabajo o enfermedad profesional. Desde el primer día, el trabajador tiene cubierto el pago.
- El día 1 abonará la empresa el 75% de la base de la cotización.
- A partir del día 2, será la Mutua la que se hará cargo del abono.
También puede darse el caso de que la empresa incumpla con su obligación de pagar al trabajador por la baja laboral. Éste podrá acudir directamente a la Mutua o a la Seguridad Social y exigir el pago.
Tipos de baja laboral
El trabajador puede solicitar la baja laboral por diversos motivos. Destacamos algunos ejemplos:
- Baja por depresión, reconocida como una enfermedad psicológica.
- Baja por maternidad. Periodo de descanso por el nacimiento del hijo, adopción o tutela.
- Baja por accidente de tráfico, diferenciando si ocurre en horario laborable o no laborable.
- Baja por cáncer. Situación algo compleja, pues el periodo máximo de la baja se suele agotar por el tratamiento requerido y la recuperación total del enfermo.
Nómina con baja por enfermedad