El periodo de prueba de los trabajadores

Patricia Nuño
Las apariencias engañan. Y los curriculums también. ¿Cuántas veces ha pasado que creías haber seleccionado al candidato perfecto, con amplios conocimientos y gran experiencia y luego no cumple con las expectativas del puesto de trabajo? Por ello, cada vez es más común que las empresas establezcan un periodo de prueba en los contratos de trabajo, para que, tanto el trabajador como la empresa puedan comprobar si están hechos el uno para el otro. periodo de prueba

¿Qué es el periodo de prueba?

El periodo de prueba es un tiempo durante el cual el trabajador y la empresa tienen la oportunidad de probarse. El trabajador tratará de dar lo mejor de sí, cumpliendo con las tareas previstas para su puesto. Asimismo, tendrá también la oportunidad de ver qué le ofrece realmente la empresa, si se adecúa a su perfil profesional y si las condiciones previamente pactadas se cumplen.

El periodo de prueba puede romperse en cualquier momento, por cualquiera de ambas partes, sin necesidad de preaviso y sin necesidad de justificar la causa.

Características y duración del periodo de prueba

El periodo de prueba viene regulado en el art. 14 del Estatuto de los Trabajadores. El periodo de prueba existirá siempre que así lo hayan pactado ambas partes: empresa y trabajador. Caso de acordarse su realización, la duración no será siempre la misma.

La duración del periodo de prueba vendrá establecida en el convenio colectivo oportuno. No obstante, en defecto de pacto en convenio colectivo, su duración máxima será:

  • 6 meses para los técnicos titulados.
  • 2 meses para el resto de trabajadores en empresas con más de 25 trabajadores.
  • 3 meses para el resto de trabajadores en empresas con menos de 25 empleados.
  • 1 mes para contratos temporales de menos de 6 meses.

Es importante destacar que, pese a estar en periodo de prueba, el empleado tiene todos los derechos y obligaciones propios del puesto, como si se tratara de uno más de la plantilla. Además, existe un límite de periodos de prueba establecido por ley, tal y como te explicamos en este artículo.

¿Es obligatorio el periodo de prueba?

El periodo de prueba no es obligatorio. Éste se da si la empresa y el trabajador llegan a un acuerdo y lo aceptan ambos.

Ante todo, el periodo de prueba está enfocado para que entre ambos se conozcan y lleguen a un punto en común en lo que a la forma de trabajar y las condiciones laborales se refieren. En definitiva, se debe tratar que el periodo de prueba sea lo más útil posible.

Asimismo, el periodo de prueba no lo podrán hacer empleados que ya estén trabajando en la empresa o que, por ejemplo, hayan hecho un contrato de prácticas en la misma. Sólo podrán realizar periodo de prueba aquellos empleados que estén recién incorporados a una empresa o que, por ejemplo, dentro de la misma empresa cambien puesto y, por ende, de tareas. Ahí, el periodo de prueba les sería de utilidad para adaptarse al nuevo empleo y nuevas condiciones.

Despido en periodo de prueba

Ya hemos comentado anteriormente que el periodo de prueba no puede durar de manera indefinida, sino que tendrá unos plazos máximos dependiendo del tipo de trabajador y empresa de la que hablemos.

No obstante, imaginemos que un trabajador debe realizar 6 meses de periodo de prueba y la empresa decide cesar al trabajador antes de que finalice dicho periodo. En esta situación, la empresa puede despedir al trabajador en periodo de prueba y no tiene obligación de indemnizar al trabajador.

Ahora bien, hay ocasiones en las que entre empresa y trabajador se pactan periodos de prueba excesivamente largos, por ejemplo, de 1 año. Y ahí, es cuando pueden entrar los tribunales considerando de excesivo o de fraude de ley al periodo de prueba, por precisamente exceder al periodo máximo establecido en el artículo 14 del Estatuto de los Trabajadores. En esos casos, se pone entre la espada y la pared a la empresa, dándole dos opciones: bien contratar al trabajador, bien indemnizarlo por despido improcedente.

Para comunicar al trabajador que no ha superado el periodo de prueba necesario para seguir formando parte de la empresa, la empresa debe hacerlo por escrito mediante una carta de no superación de prueba con los motivos de la decisión y la fecha.