Las leyes del derecho laboral de cada país serán las encargadas de establecer las vacaciones laborales remuneradas que le corresponden a cada trabajador en su contrato laboral. En el caso de las vacaciones en España, la legislación laboral establece un mínimo de 30 días naturales para el descanso del trabajador.
Duración de las vacaciones laborales según la ley
Los 30 días naturales de vacaciones laborales recogidos entre los derechos del trabajador incluyen domingos y festivos. Además, el periodo para disfrutar de las vacaciones abarca todo un año, desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre. Nos obstante, la duración de los días de vacaciones deberá acordarse de forma colectiva, entre convenio colectivo y empresario, o de forma individual, entre cada trabajador y el jefe. Además, cuando un trabajador esté de vacaciones es posible que tenga también un reflejo en la nómina de ese mes.
Fechas del periodo de vacaciones laborales
Las fechas para disfrutar de las vacaciones en España también dependerán de un pacto entre trabajadores y empresarios de cada empresa, según lo establecido en los convenios colectivos acerca de la planificación anual de las vacaciones laborales:
- A través de acuerdos también se puede establecer que las vacaciones laborales se pueden dividir en varias partes, aunque cada periodo debería ser de 15 días como mínimo.
- El calendario de vacaciones fijado por cada empresa deberá comunicarse desde el departamento de Recursos Humanos mediante una carta de vacaciones a los empleados al menos 2 meses antes de las fechas establecidas para las vacaciones. En cualquier caso, calcular las vacaciones puede resultar muy sencillo con una herramienta online como la de Calcuworld o software de gestión de vacaciones que hace los cálculos por ti.
- En el caso de que un periodo de baja o incapacidad temporal por motivos de embarazo, parto o lactancia natural coincida con las vacaciones, el trabajador tiene derecho a disfrutar de las vacaciones en unas fechas distinta, tras ese periodo, incluso aunque el año natural al que corresponden haya finalizado.
- Las vacaciones laborales no se pueden sustituir por dinero. Liquidar las vacaciones con una compensación económica sólo es posible en caso de que haya un cese de la actividad laboral y no se hayan podido disfrutar las vacaciones.
- Por su parte, en el caso de los contratos temporales, si no se han podido disfrutar las vacaciones legales mínimas porque la estancia en la empresa no ha coincidido con el periodo de vacaciones, la parte proporcional que le corresponde de estas será pagada junto al salario.
Desde la perspectiva del trabajador, este también podrá calcular sus días de vacaciones correspondientes en función al periodo de tiempo que haya trabajado, teniendo en cuenta igualmente la asignación de la empresa de este periodo de vacaciones, es decir, 30 días naturales o 22 laborables.