Las vacaciones del trabajador es un derecho laboral que debe ir incluido en el contrato de trabajo. Las vacaciones laborales son remuneradas por lo que nos corresponde nuestro sueldo y su pago incluso en vacaciones, igual que en los meses de trabajo habituales. Pero aunque tengamos garantizados unos días de vacaciones por ley ¿que pasa cuando nos despiden y las vacaciones no son disfrutadas?
El pago de las vacaciones
Durante las vacaciones laborales el pago de nuestro sueldo se mantiene exactamente igual al del periodo de trabajo, es decir, que los días de vacaciones se pagan al mismo precio que los días trabajados. Esto se aplica tanto si se disfrutan los 30 días naturales seguidos que las leyes laborales garantizan, como si son 22 días laborables, o bien si se decide partir las vacaciones y coger sólo 15 días de vacaciones y trabajar el resto. El resultado el pago al final de mes no variará.
Cuando se pagan las vacaciones en dinero
Las vacaciones son un derecho del trabajador irrenunciable, por lo que además de obligar a la empresa a conceder un mínimo de días de vacaciones, obliga al trabajador a disfrutarlas. Pero si no queremos disfrutar de los días de descanso ¿se puede hacer el pago de las vacaciones en dinero? La ley prohíbe esta práctica, sólo en caso de que exista un pacto entre empresario y trabajador o colectivo, se podrán liquidar las vacaciones en dinero. No obstante, si no hay pacto, sólo existen un par de excepciones para pagar las vacaciones monetariamente:
- Extinción del contrato: si la relación laboral finaliza y el trabajador no ha podido disfrutar de las vacaciones se le pagarán en base 2,5 días naturales por mes trabajado o a 1,8 días laborales por mes trabajado, al año.
- Jubilación: si el trabajador se jubila tras un periodo de incapacidad laboral y no ha disfrutado de los días de descanso que le corresponden, tiene derecho a la liquidación de las vacaciones en dinero.
Cálculo para liquidar las vacaciones
En caso de que nuestra actividad laboral en una empresa cese por despido o jubilación debemos calcular los días de vacaciones que nos quedan si no las hemos disfrutado todavía, ya que deberán incluirse en la liquidación laboral por despido. Existen plantillas para el cálculo del finiquito en Excel que ya incluyen una casilla para introducir las vacaciones no gozadas y así obtener el cálculo de forma automática. No obstante, también podemos calcular el pago de las vacaciones de forma manual con la cantidad de días de descanso que nos quedan y lo que cobramos al mes (contar siempre 30 días):
días de vacaciones no disfrutadas * salario al día (podemos calcularlo con: salario mensual / 30 días)
Calculadora de días de vacaciones